368 – El Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) no debe aumentar

Dentro de la causa constitucional No. 17U05202300018, la Sala Especializada de la Familia, Niñez y Adolescencia, de la Corte de Justicia de Pichincha dejó sin efecto el Decreto 645 emitido por el Gobierno el 10 de enero del 2023. Dicho decreto había reducido las tarifas del Impuesto al Consumo Especial (ICE) para armas de fuego, bebidas alcohólicas y azucaradas, fundas plásticas y cigarrillos.

La sentencia de la Sala de la Niñez vulnera la institucionalidad y el derecho a la seguridad jurídica. Los jueces provinciales tomaron la decisión de anular la reducción de los ICEs sin seguir las reglas establecidas. Ignoraron que solo la Corte Constitucional tiene potestad para decidir sobre este tema, según el artículo 435 numeral 2. También pasaron por alto la norma del artículo 42, numeral 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC), que prohíbe a los jueces de una acción de protección evaluar la constitucionalidad de las leyes. El irrespeto a las facultades que la Constitución y la Ley otorga a los distintos órganos de administración de justicia, constituye una grave afectación a la institucionalidad del Estado y una transgresión a la seguridad jurídica.

Sentencia deja en incertidumbre las nuevas tarifas del ICE. La sentencia de la Sala de la Niñez simplemente anula el Decreto 645 de 2023, sin abordar la situación de las tarifas del ICE para el año 2024. La falta de orientación sobre cómo proceder deja un vacío legal en la determinación de las nuevas tarifas.

Rechazamos la resolución de la Corte de Pichincha. En este caso, que reviste especial gravedad y urgencia, estimamos oportuno que una vez ejecutoriada la sentencia, la Corte Constitucional, en ejercicio de la facultad prevista en el Art. 25 de la LOGJCC, seleccione, revise y revoque la sentencia de los jueces provinciales, y revise la conducta de éstos últimos para que no vuelvan a ocurrir situaciones similares. Además, y de forma paralela, consideramos importante que el Presidente de la República, como parte procesal de la acción de protección, cuando la sentencia esté ejecutoriada, presente una acción extraordinaria de protección para impugnar lo resuelto por los jueces provinciales. Desde la CCG ejecutaremos las acciones que correspondan en el momento procesal oportuno.

Altos ICEs incentivan el contrabando y la informalidad. El propósito fundamental de los impuestos a los consumos especiales es limitar el consumo de bienes considerados lujosos o perjudiciales para la salud. Sin embargo, en la realidad, estas tasas impositivas son tan elevadas que provocan un aumento significativo en el precio del producto en el mercado legal, volviéndolos más atractivos en el mercado informal. Como resultado, en lugar de fomentar la protección de la salud, se genera un incentivo negativo. Muchos consumidores terminan adquiriendo estos productos en un mercado no regulado, poniendo en riesgo su salud en el proceso.

Aumento de ICE entorpece la lucha contra la inseguridad. En medio del contexto de conflicto armado, el uso de armas de fuego por parte de las empresas de seguridad es necesario. Antes del decreto ejecutivo 645, estas armas estaban sujetas a un ICE del 300%, lo que encarecía significativamente el servicio de seguridad. Sin embargo, con la implementación de dicho decreto, se redujo el ICE al 30%. Este cambio no solo resultó en una disminución de costos para el servicio, sino que también generó un aumento en la recaudación fiscal. Antes de la reducción del ICE, la recaudación era de USD 118 mil, tras la reducción, ascendió a USD 548 mil. Aumentar el ICE es incluso perjudicial para las cuentas fiscales.

ICE explica el costo de los vehículos para el ciudadano. En Ecuador, un automóvil tiene un costo de $17,300, mientras que en Perú su precio es de $12,990 y en Chile es $11,760. El alto costo en Ecuador se debe a que el 17% del valor que pagan los ecuatorianos por su vehículo corresponde al ICE. Este impuesto junto con los aranceles son los dos tributos con mayor participación en el costo. Los vehículos, para muchos, son una herramienta de trabajo, y por esa razón, no deberían gravar un alto ICE.

El país debe reducir los ICEs. Permitir que haya tasas elevadas de ICE en productos fundamentales para sectores económicos afectados por la inseguridad y los cortes de energía obstaculiza su desarrollo. Por considerarlo beneficioso para el país, sugerimos al Presidente utilizar la facultad que tiene para bajar ICEs vía decreto ejecutivo. Desde la Cámara de Comercio de Guayaquil, proponemos la disminución de los ICE para fomentar la competitividad, impulsar la reactivación económica y mejorar el poder adquisitivo de la población.

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